* HUELVA MANTIENE EN MARCHA LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA DE PATINETE MIENTRAS ENTRA EN VIGOR LA NUEVA NORMATIVA ESTATAL: CASCO EDAD MINIMA YREGISTRO* HUELVA INFORMACION
El proceso coincide con la entrada en vigor este 1 de octubre de 2026 de la reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que incorpora nuevas normas para los distintos usuarios de la vía y presta especial atención a los usuarios vulnerables, entre ellos peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de VMP.
En las ciudades, los ayuntamientos, a través de sus ordenanzas municipales, podrán desarrollar las condiciones de circulación de los VMP dentro del marco establecido por la normativa estatal. Por ello, la regulación municipal seguirá determinando aspectos concretos de la circulación de estos vehículos en cada localidad.
En el caso de Huelva, el Ayuntamiento sometió a consulta pública entre el 28 de mayo y el 11 de junio la modificación de su Ordenanza Reguladora de VMP, aprobada en pleno el 28 de noviembre de 2025 y definitivamente mediante Resolución de Alcaldía de 12 de febrero de 2026. El objetivo era recabar la opinión de ciudadanos y organizaciones potencialmente afectadas antes de elaborar el proyecto de modificación.
En el documento de consulta, el Consistorio señalaba que la práctica policial había evidenciado "fricciones con la normativa estatal de rango superior", concretamente con el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Entre los cambios planteados figura la posibilidad de reducir un 50% el importe de las sanciones, así como una mejor tipificación de las conductas sancionables mediante un cuadro en el que se describa expresamente cada supuesto. También se pretende modificar las cuantías de las multas para hacerlas coincidentes con la normativa estatal.
La modificación contempla además integrar los VMP en el régimen de accesos a Zonas Peatonales, mediante la inclusión de una nueva letra que autorice expresamente estos vehículos.
Las nuevas normas estatales para los patinetes
Más allá de las modificaciones que el Ayuntamiento de Huelva tiene en tramitación, la reforma estatal que entra en vigor este 1 de octubre establece nuevas reglas que afectan con carácter general a los usuarios de VMP.
Entre ellas se encuentra la edad mínima de 15 años para conducir estos vehículos y la obligación de utilizar casco de protección homologado o certificado y correctamente abrochado.
La normativa también establece las vías por las que no pueden circular los VMP. Queda prohibida su circulación por autopistas y autovías, travesías, vías interurbanas y túneles urbanos, salvo en determinadas vías ciclistas, carriles bici, carriles bici protegidos, pistas bici, sendas ciclables y vías en las que esté prohibida la circulación de vehículos a motor, siempre que la señalización no lo prohíba.
La reforma incorpora además nuevas obligaciones relacionadas con la visibilidad. Durante la noche o cuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan sensiblemente la visibilidad, los conductores deberán utilizar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros. El VMP deberá disponer además de alumbrado. La obligación de utilizarlo también durante el día entrará en vigor el 1 de octubre de 2027.
Para quienes conduzcan estos vehículos en el desarrollo de una actividad profesional, el casco y el chaleco reflectante de alta visibilidad serán obligatorios en todo tipo de vías. Para el resto de usuarios, el chaleco será obligatorio durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad.
A estas obligaciones se suma el registro de los VMP. La Dirección General de Tráfico puso en marcha en enero de 2026 el Registro de Vehículos Personales Ligeros para inscribir los patinetes eléctricos y otros VMP en el Registro Nacional de Vehículos. Una vez completado el trámite, se obtiene un certificado de registro y un número identificativo que permite disponer de la etiqueta obligatoria para circular, necesaria para contratar el seguro obligatorio exigido por la normativa.
La regulación distingue entre los VMP certificados, comercializados desde el 22 de enero de 2024, y aquellos que no cuentan con certificación. Estos últimos podrán seguir circulando de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027. A partir de esa fecha, solo podrán utilizarse en vías públicas los vehículos que dispongan del certificado correspondiente.
Qué establece actualmente la ordenanza de Huelva
La Ordenanza Reguladora de Vehículos de Movilidad Personal de Huelva entró en vigor el 20 de marzo, después de completar su tramitación administrativa. Además de establecer una edad mínima de 15 años, fija el carácter unipersonal de estos vehículos y la obligatoriedad del uso de casco y de luces delanteras y traseras en todo momento. También recomienda el uso de elementos reflectantes para mejorar la visibilidad.
En cuanto a la circulación dentro de la capital, la ordenanza prohíbe el tránsito de los VMP por aceras y espacios exclusivamente peatonales. Los usuarios deben utilizar preferentemente los carriles bici o, en su defecto, la calzada, con un límite general de 25 kilómetros por hora. En las zonas peatonales autorizadas, la velocidad se reduce a 10 kilómetros por hora y se mantiene siempre la prioridad del peatón.
La normativa municipal también prohíbe transportar a más de una persona o mascotas, circular utilizando el teléfono móvil o auriculares y hacerlo bajo los efectos del alcohol o las drogas. Los usuarios deberán someterse a las pruebas correspondientes cuando sean requeridos por los agentes.
Respecto al estacionamiento, los VMP solo pueden aparcarse en los espacios habilitados, mientras que queda prohibido hacerlo en aceras o anclarlos a elementos del mobiliario urbano.
En materia sancionadora, la ordenanza contempla infracciones leves, graves y muy graves, con multas de entre 50 y 400 euros, que pueden conllevar además la inmovilización o retirada del vehículo.
La ordenanza regula también el uso de estos vehículos en actividades económicas, como el alquiler o las rutas turísticas, que requieren autorización municipal previa y deben contar con seguro de responsabilidad civil obligatorio.
Así, mientras la reforma estatal fija desde este 1 de octubre el nuevo marco general para los VMP, el Ayuntamiento de Huelva mantiene en tramitación los cambios de su propia ordenanza municipal, iniciados con la consulta pública de mayo y junio.
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