ULTIMÁTUN DE TRES MESES A LOS PISOS CLANDESTINOS PARQUE SE LEGALICEN.
GRANADA HOY
El decreto de viviendas con fines
turísticos aprobado por la Junta obligará a los propietarios a inscribir
sus alojamientos en el Registro de Turismo de Andalucía y llevar un
libro de registro
Guadalupe S. Maldonado
Granada
| Actualizado 03.02.2016 - 01:00
En el momento en el que el decreto regulador de las viviendas
con fines turísticos sea publicado en el BOJA, los propietarios de
apartamentos alegales -esos que se publicitan en páginas de reservas,
que se llevan una buena porción del 'pastel' turístico y que han
levantado las iras del sector reglado- tendrán un plazo de tres meses
para inscribir sus alojamientos en el Registro de Turismo de Andalucía y
adaptarse a una normativa que quiere acabar con la "clandestinidad y la
competencia desleal".
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó ayer una normativa muy esperada por el sector, que ya fue esbozada durante la etapa en la que Izquierda Unida tenía las competencias de turismo y que ha sufrido numerosas modificaciones en el trayecto. Cuando accedió a su cargo, el consejero de Turismo, Francisco Javier Fernández, se comprometió a aprobar el decreto de viviendas con fines turísticos antes de verano, tras rescatarlo del cajón en el que había acabado por la sonora oposición de las distintas Federaciones de Hostelería de Andalucía. En ese camino, el decreto ha incorporado algunas de las recomendaciones del sector reglado, que temía que la nueva normativa abriera la puerta de la legalización, sin más, a miles de plazas de alojamiento. Y sí, el decreto invita a cientos de propietarios a que sumen sus viviendas de uso turístico a la oferta reglada, que en el caso de Granada podría suponer la incorporación de 6.000 plazas (un 25% del total) a una oferta de por sí sobredimensionada, pero impone ciertas obligaciones que no convierten la legalización en un mero trámite.
Para empezar, según el articulado del decreto al que ha tenido acceso este periódico, las obligaciones de los explotadores de viviendas de uso turístico -aquellas que sean objeto de contraprestación económica y que sean contratadas por tiempo inferior a dos meses- serán las contempladas en la Ley 13/2011 de Turismo de Andalucía. Es decir, que aunque el decreto no lo menciona expresamente, se supone que los propietarios de estas viviendas deberán publicitar los precios finales de todos los servicios que oferten; tener hoja de quejas y reclamaciones a disposición de los usuarios; y, sobre todo, expedir facturas. Aunque el decreto no menciona expresamente la obligatoriedad de emitir facturas -sólo habla de un justificante de pago de los servicios y anticipos-, es de suponer que la aplicación de las obligaciones de la Ley 13/2011 también es de aplicación en este aspecto, con lo que se daría respuesta a una de las principales reivindicaciones que ha venido haciendo el sector durante los meses de elaboración del decreto: que los 'nuevos' jueguen con las mismas reglas del juego. Es decir, que estén sujetos al pago de impuestos y a la declaración de ingresos como el resto de las empresas turísticas.
El problema es que en el preámbulo del decreto, la propia Consejería de Turismo y Deporte advierte de que "dada la singularidad de este tipo de alojamiento, existe una proporcionalidad en la exigencia de requisitos", apuntando que las exigencias "son más reducidas de las que se imponen en otros alojamientos turísticos, tratándose de requisitos relacionados más directamente con la prestación del servicio, la dotación de una calidad básica en la oferta, así como la atención y el derecho de información a las personas usuarias".
El decreto sí que iguala expresamente a las viviendas de uso turístico, hasta ahora alegales, con la oferta reglada en la obligatoriedad de inscribirse en el Registro de Turismo de Andalucía. En la primera versión del decreto que elaboró IU, el único paso administrativo que se le exigía a estos alojamientos era la comunicación de una declaración responsable ante la Consejería de Turismo, mientras que ahora, además, se realizará un censo de viviendas con fines turísticos a través del Registro -un instrumento que ayudará al control del sector-; se obligará a las viviendas a tener licencia de ocupación; deberán realizar partes de entrada conforme a la normativa vigente por cuestiones de seguridad; y tendrán que entregar un documento, a modo de contrato, a todos los usuarios. Con este listado de obligaciones se da respuesta a dos de las principales exigencias que ha impuesto el sector: el control por motivos de seguridad de los clientes de este tipo de alojamientos y la inscripción en el Registro de Turismo.
Pero quizá lo más interesante del decreto es que ofrece una herramienta para el control de este tipo de alojamientos, que hasta ahora se encontraban en el limbo de la alegalidad. A partir de ahora, las viviendas que no se encuentren inscritas en el Registro de Turismo y no cumplan con las obligaciones impuestas por el decreto pasarán a ser, ya sí, alojamientos ilegales y clandestinos. "Se considerará actividad clandestina la prestación del servicio de alojamiento cuando el titular haya iniciado la actividad turística sin presentar declaración responsable en los términos del artículo 9, estando tipificada dicha prestación como infracción grave". Es decir, en un plazo de tres meses a partir de la publicación en el BOJA, cualquier alojamiento clandestino podría someterse a un régimen sancionador que va desde los 18.000 hasta los 150.000 euros.
El consejero de Turismo aseguró ayer que esta norma "cierra el necesario recorrido que debía tener hasta conseguir el máximo apoyo posible del sector", y ha incidido en que garantizará el marco de legalidad "óptimo" que corresponde a un crecimiento de esta modalidad turística.
Por su parte, el presidente de la Federación de Empresas de Hostelería y Turismo de Granada, Trinitario Betoret, anunció ayer que el sector está analizando en profundidad el documento y comparándolo con las demandas que se plantearon desde la Federación Andaluza de Hostelería, para determinar si se han recogido las aportaciones del sector. Los hosteleros granadinos siempre han temido que el decreto sea "una puerta muy grande" -de hecho, la Asociación de Hospedaje se ha mostrado en todo momento contraria a la regularización de estos alojamientos-, así que ahora toca mirar con lupa todos los aspectos jurídicos para comprobar si los propietarios de estas viviendas se equiparan a una actividad empresarial o, por el contrario, continúan jugando con reglas más beneficiosas.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó ayer una normativa muy esperada por el sector, que ya fue esbozada durante la etapa en la que Izquierda Unida tenía las competencias de turismo y que ha sufrido numerosas modificaciones en el trayecto. Cuando accedió a su cargo, el consejero de Turismo, Francisco Javier Fernández, se comprometió a aprobar el decreto de viviendas con fines turísticos antes de verano, tras rescatarlo del cajón en el que había acabado por la sonora oposición de las distintas Federaciones de Hostelería de Andalucía. En ese camino, el decreto ha incorporado algunas de las recomendaciones del sector reglado, que temía que la nueva normativa abriera la puerta de la legalización, sin más, a miles de plazas de alojamiento. Y sí, el decreto invita a cientos de propietarios a que sumen sus viviendas de uso turístico a la oferta reglada, que en el caso de Granada podría suponer la incorporación de 6.000 plazas (un 25% del total) a una oferta de por sí sobredimensionada, pero impone ciertas obligaciones que no convierten la legalización en un mero trámite.
Para empezar, según el articulado del decreto al que ha tenido acceso este periódico, las obligaciones de los explotadores de viviendas de uso turístico -aquellas que sean objeto de contraprestación económica y que sean contratadas por tiempo inferior a dos meses- serán las contempladas en la Ley 13/2011 de Turismo de Andalucía. Es decir, que aunque el decreto no lo menciona expresamente, se supone que los propietarios de estas viviendas deberán publicitar los precios finales de todos los servicios que oferten; tener hoja de quejas y reclamaciones a disposición de los usuarios; y, sobre todo, expedir facturas. Aunque el decreto no menciona expresamente la obligatoriedad de emitir facturas -sólo habla de un justificante de pago de los servicios y anticipos-, es de suponer que la aplicación de las obligaciones de la Ley 13/2011 también es de aplicación en este aspecto, con lo que se daría respuesta a una de las principales reivindicaciones que ha venido haciendo el sector durante los meses de elaboración del decreto: que los 'nuevos' jueguen con las mismas reglas del juego. Es decir, que estén sujetos al pago de impuestos y a la declaración de ingresos como el resto de las empresas turísticas.
El problema es que en el preámbulo del decreto, la propia Consejería de Turismo y Deporte advierte de que "dada la singularidad de este tipo de alojamiento, existe una proporcionalidad en la exigencia de requisitos", apuntando que las exigencias "son más reducidas de las que se imponen en otros alojamientos turísticos, tratándose de requisitos relacionados más directamente con la prestación del servicio, la dotación de una calidad básica en la oferta, así como la atención y el derecho de información a las personas usuarias".
El decreto sí que iguala expresamente a las viviendas de uso turístico, hasta ahora alegales, con la oferta reglada en la obligatoriedad de inscribirse en el Registro de Turismo de Andalucía. En la primera versión del decreto que elaboró IU, el único paso administrativo que se le exigía a estos alojamientos era la comunicación de una declaración responsable ante la Consejería de Turismo, mientras que ahora, además, se realizará un censo de viviendas con fines turísticos a través del Registro -un instrumento que ayudará al control del sector-; se obligará a las viviendas a tener licencia de ocupación; deberán realizar partes de entrada conforme a la normativa vigente por cuestiones de seguridad; y tendrán que entregar un documento, a modo de contrato, a todos los usuarios. Con este listado de obligaciones se da respuesta a dos de las principales exigencias que ha impuesto el sector: el control por motivos de seguridad de los clientes de este tipo de alojamientos y la inscripción en el Registro de Turismo.
Pero quizá lo más interesante del decreto es que ofrece una herramienta para el control de este tipo de alojamientos, que hasta ahora se encontraban en el limbo de la alegalidad. A partir de ahora, las viviendas que no se encuentren inscritas en el Registro de Turismo y no cumplan con las obligaciones impuestas por el decreto pasarán a ser, ya sí, alojamientos ilegales y clandestinos. "Se considerará actividad clandestina la prestación del servicio de alojamiento cuando el titular haya iniciado la actividad turística sin presentar declaración responsable en los términos del artículo 9, estando tipificada dicha prestación como infracción grave". Es decir, en un plazo de tres meses a partir de la publicación en el BOJA, cualquier alojamiento clandestino podría someterse a un régimen sancionador que va desde los 18.000 hasta los 150.000 euros.
El consejero de Turismo aseguró ayer que esta norma "cierra el necesario recorrido que debía tener hasta conseguir el máximo apoyo posible del sector", y ha incidido en que garantizará el marco de legalidad "óptimo" que corresponde a un crecimiento de esta modalidad turística.
Por su parte, el presidente de la Federación de Empresas de Hostelería y Turismo de Granada, Trinitario Betoret, anunció ayer que el sector está analizando en profundidad el documento y comparándolo con las demandas que se plantearon desde la Federación Andaluza de Hostelería, para determinar si se han recogido las aportaciones del sector. Los hosteleros granadinos siempre han temido que el decreto sea "una puerta muy grande" -de hecho, la Asociación de Hospedaje se ha mostrado en todo momento contraria a la regularización de estos alojamientos-, así que ahora toca mirar con lupa todos los aspectos jurídicos para comprobar si los propietarios de estas viviendas se equiparan a una actividad empresarial o, por el contrario, continúan jugando con reglas más beneficiosas.
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