¿ DEBES QUE DOCUMENTOS DEBE LLEVAR EN EL COCHE? IDEAL.ES
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La ausencia de alguno de esos documentos obligatorios en nuestro vehículo puede conllevar una importante sanción económica
Aunque, para ser precavido, lo mejor es llevar toda la documentación
relativa a nuestro vehículo en la guantera del mismo, existen algunos
documentos que debemos llevar encima obligatoriamente cuando conducimos y
otros que, simplemente, es recomendable tenerlos a mano, en el caso de
que nos lo solicite un agente.
Además, cabe recordar que la ausencia de alguno de esos documentos obligatorios en nuestro vehículo puede conllevar una sanción económica, aunque a causa de estas faltas nunca veríamos reducida la cantidad de nuestros puntos.
La consultora experta en automoción AutoScout24 ha realizado una lista de los documentos que sí debemos llevar en el vehículo, para que no nos llevemos una desagradable sorpresa durante nuestra conducción.
En primer lugar, es obligatorio llevar el permiso de circulación o una autorización provisional, en su defecto. Esta tarjeta permite categorizar el vehículo y además incluye información técnica del modelo y los datos del propietario. Si tenemos caducado el permiso de circulación podríamos pagar hasta 500 euros de multa.
El carnet de conducir es otro documento imprescindible. Dicho carnet debe estar en vigor y tener al menos un punto, en caso contrario, el propietario no puede conducir el vehículo. Si no lo llevamos encima podemos recibir una sanción de diez euros, si no hemos notificado un cambio de residencia la sanción será de 80 euros, si tenemos el carnet caducado podemos llegar a recibir una sanción de hasta 200 euros y de 500 euros si conducimos con el carnet retirado, puesto que está considerado una falta grave.
Y por último, es necesario llevar encima la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos, donde se refleja que el automóvil ha superado la ITV y también indica diferentes parámetros del comportamiento del vehículo, como su consumo o sus emisiones. No llevar la tarjeta de la ITV nos puede costar diez euros, pero si está caducada la multa podría llegar a 200 euros.
El mayor susto nos lo podemos llevar si conducimos sin seguro obligatorio, pues los agentes procederán a la inmovilización del vehículo y a sanción puede variar entre los 601 y los 3.005 euros.
Existen otros documentos que no estamos obligados a llevar encima, aunque es muy recomendable porque nos puede sacar de algún que otro apuro. Se trata del recibo de pago del Impuesto Municipal de Circulación, la documentación que demuestre que tenemos el seguro en vigor y el recibo que demuestre que lo hemos pagado.
Además, cabe recordar que la ausencia de alguno de esos documentos obligatorios en nuestro vehículo puede conllevar una sanción económica, aunque a causa de estas faltas nunca veríamos reducida la cantidad de nuestros puntos.
La consultora experta en automoción AutoScout24 ha realizado una lista de los documentos que sí debemos llevar en el vehículo, para que no nos llevemos una desagradable sorpresa durante nuestra conducción.
En primer lugar, es obligatorio llevar el permiso de circulación o una autorización provisional, en su defecto. Esta tarjeta permite categorizar el vehículo y además incluye información técnica del modelo y los datos del propietario. Si tenemos caducado el permiso de circulación podríamos pagar hasta 500 euros de multa.
El carnet de conducir es otro documento imprescindible. Dicho carnet debe estar en vigor y tener al menos un punto, en caso contrario, el propietario no puede conducir el vehículo. Si no lo llevamos encima podemos recibir una sanción de diez euros, si no hemos notificado un cambio de residencia la sanción será de 80 euros, si tenemos el carnet caducado podemos llegar a recibir una sanción de hasta 200 euros y de 500 euros si conducimos con el carnet retirado, puesto que está considerado una falta grave.
Y por último, es necesario llevar encima la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos, donde se refleja que el automóvil ha superado la ITV y también indica diferentes parámetros del comportamiento del vehículo, como su consumo o sus emisiones. No llevar la tarjeta de la ITV nos puede costar diez euros, pero si está caducada la multa podría llegar a 200 euros.
El mayor susto nos lo podemos llevar si conducimos sin seguro obligatorio, pues los agentes procederán a la inmovilización del vehículo y a sanción puede variar entre los 601 y los 3.005 euros.
Existen otros documentos que no estamos obligados a llevar encima, aunque es muy recomendable porque nos puede sacar de algún que otro apuro. Se trata del recibo de pago del Impuesto Municipal de Circulación, la documentación que demuestre que tenemos el seguro en vigor y el recibo que demuestre que lo hemos pagado.
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