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La dimisión implica un pleno de renuncia y un segundo para cubrir la plaza vacante de alcalde
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En cambio, la moción de censura conlleva otra sesión que queda convocada de forma automática a los diez días hábiles
Los anuncios de dimisión realizados en la tarde de ayer por el
regidor José Torres Hurtado y los tenientes de alcalde Sebastián Pérez e
Isabel Nieto han activado una maquinaria administrativa en el
Ayuntamiento de Granada y unos plazos que comenzaron a contar desde el
momento en que los tres dimisionarios presentaron los papeles en el
registro general del Ayuntamiento. Un paso adelante que no frenó, sin
embargo, a los promotores de la moción de censura que fue pactada unas
horas antes en el transcurso de una reunión celebrada por PSOE y
Ciudadanos en un hotel del centro de la capital. La lógica dice que no
tiene sentido el solapamiento de ambos procedimientos puesto que la
plaza de alcalde quedará vacante, aunque eventualmente coja la vara de
mando el tercer teniente alcalde, Juan García Montero, hasta ahora edil
responsable del área de Cultura en el Ayuntamiento de Granada.
En las próximas semanas tiene que haber, al menos, dos plenos en el Ayuntamiento de Granada. Según el artículo cuarenta (punto cinco) del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tiene que haber una primera sesión extraordinaria, que debe convocarse en los diez días siguientes a la comunicación registral, un trámite que ya quedó formalizado este lunes. En este acto debe procederse a la aceptación de la renuncia por parte de los corporativos.
En este acto pueden postularse como candidatos los cabezas de lista de todos los partidos políticos que conforman el Ayuntamiento de Granada. Así lo hará casi seguro el Partido Popular, que ahora mismo conforma el equipo de gobierno, mientras que el resto deberían apoyar, en teoría, a la persona que será propuesta como alcaldable en la moción de censura que finalmente se mantiene.
Si todo sucediera según esta lógica, Francisco Cuenca, del PSOE, debería ocupar la alcaldía con el apoyo, según manifestaciones de los propios interesados, de los ocho representantes del Partido Socialista, los cuatro de Ciudadanos, los tres de Vamos Granada y el único edil de Izquierda Unida. En no más de tres semanas.
Centrémonos ahora en la vía de la 'moción de censura', que se rige por el artículo 197 de la LOREG y que Francisco Cuenca y sus 'socios' han tomado la decisión de mantener a pesar de que puede tener nulas consecuencias. La solicitud se divide en dos cuerpos. Por una parte, debe llevar la firma de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, que se fija en catorce. La rúbrica debe tener la validación de la Secretaría General del Ayuntamiento. Pero también debe proponerse un candidato a la alcaldía, que en esta ocasión sería Francisco Cuenca. La ley dice que el pleno quedará automáticamente convocado para las doce horas del décimo día hábil siguiente al de su registro. Según la legislación, no se podría postular como alcalde en la moción de censura ninguno de los representantes del equipo de gobierno municipal.
En las próximas semanas tiene que haber, al menos, dos plenos en el Ayuntamiento de Granada. Según el artículo cuarenta (punto cinco) del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tiene que haber una primera sesión extraordinaria, que debe convocarse en los diez días siguientes a la comunicación registral, un trámite que ya quedó formalizado este lunes. En este acto debe procederse a la aceptación de la renuncia por parte de los corporativos.
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Pleno de elección
Una vez que suceda esto, cuando existe un acuerdo de conocimiento de
la dimisión en el Ayuntamiento, se establece otro periodo de diez días
para que haya un nuevo pleno para elegir al presidente de la
corporación. Este proceso viene recogido en el artículo 196 de la Ley
Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).En este acto pueden postularse como candidatos los cabezas de lista de todos los partidos políticos que conforman el Ayuntamiento de Granada. Así lo hará casi seguro el Partido Popular, que ahora mismo conforma el equipo de gobierno, mientras que el resto deberían apoyar, en teoría, a la persona que será propuesta como alcaldable en la moción de censura que finalmente se mantiene.
Si todo sucediera según esta lógica, Francisco Cuenca, del PSOE, debería ocupar la alcaldía con el apoyo, según manifestaciones de los propios interesados, de los ocho representantes del Partido Socialista, los cuatro de Ciudadanos, los tres de Vamos Granada y el único edil de Izquierda Unida. En no más de tres semanas.
Centrémonos ahora en la vía de la 'moción de censura', que se rige por el artículo 197 de la LOREG y que Francisco Cuenca y sus 'socios' han tomado la decisión de mantener a pesar de que puede tener nulas consecuencias. La solicitud se divide en dos cuerpos. Por una parte, debe llevar la firma de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, que se fija en catorce. La rúbrica debe tener la validación de la Secretaría General del Ayuntamiento. Pero también debe proponerse un candidato a la alcaldía, que en esta ocasión sería Francisco Cuenca. La ley dice que el pleno quedará automáticamente convocado para las doce horas del décimo día hábil siguiente al de su registro. Según la legislación, no se podría postular como alcalde en la moción de censura ninguno de los representantes del equipo de gobierno municipal.
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