MALAGA HOY
Los hechos no serían constitutivos de infracciones penales, sino administrativas
La Audiencia de Málaga rechazó reabrir el caso por la muerte de un niño que fue atropellado en la cabalgata de Reyes Magos de este año y desestimó los recursos de apelación presentados tanto por la familia del pequeño como por la Fiscalía malagueña en contra del sobreseimiento de la causa. La Sala coincide con el criterio del juez de instrucción y el procedimiento queda archivado.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Málaga acordó en febrero pasado archivar estas diligencias al considerar que los hechos no tenían una relevancia penal, apuntando a la jurisdicción civil. La familia presentó un recurso de reforma contra el archivo decretado, en el que se pedía la reapertura del caso para determinar una posible negligencia por parte de algunos de los intervinientes.
La Fiscalía se adhirió parcialmente a dicho recurso, pidiendo que se agotara la investigación en cuanto a la prueba testifical; pero el juzgado volvió a dictar un auto en el que se oponía a la reapertura de la causa y consideraba "innecesarias" las pruebas solicitadas, insistiendo en que el posible descuido ocurrido "encaja" en todo caso en la jurisdicción civil y no en la penal. Tanto el fiscal como la representación de la familia volvieron a recurrir, en este caso ante la Audiencia, que ahora ha vuelto a negar reabrir la causa, al considerar que esa supuesta imprudencia cometida por el conductor de la carroza y el responsable de seguridad "en modo alguno serían constitutivas de infracción penal".
El Tribunal de apelación recordó además que el conductor iba "de forma adecuada y "sin tener afectadas de ningún modo sus facultades" .
El Juzgado de Instrucción número 1 de Málaga acordó en febrero pasado archivar estas diligencias al considerar que los hechos no tenían una relevancia penal, apuntando a la jurisdicción civil. La familia presentó un recurso de reforma contra el archivo decretado, en el que se pedía la reapertura del caso para determinar una posible negligencia por parte de algunos de los intervinientes.
La Fiscalía se adhirió parcialmente a dicho recurso, pidiendo que se agotara la investigación en cuanto a la prueba testifical; pero el juzgado volvió a dictar un auto en el que se oponía a la reapertura de la causa y consideraba "innecesarias" las pruebas solicitadas, insistiendo en que el posible descuido ocurrido "encaja" en todo caso en la jurisdicción civil y no en la penal. Tanto el fiscal como la representación de la familia volvieron a recurrir, en este caso ante la Audiencia, que ahora ha vuelto a negar reabrir la causa, al considerar que esa supuesta imprudencia cometida por el conductor de la carroza y el responsable de seguridad "en modo alguno serían constitutivas de infracción penal".
El Tribunal de apelación recordó además que el conductor iba "de forma adecuada y "sin tener afectadas de ningún modo sus facultades" .
Comentarios
Publicar un comentario